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Obras sociales provinciales y su imposibilidad de renunciar al servicio

En Entre Ríos los empleados públicos provinciales y municipales no tienen la posibilidad de renunciar a la obra social impuesta por su labor. 

Conversando con la Dra. Florencia Guatelli pudimos saber que las leyes que enmarcan a las obras sociales provinciales, fueron dictadas en época de gobierno de facto. En el caso de IOSPER, fue en el año 1973.

Son normas que no se adecúan a lo que hoy la sociedad entiende como “derecho a la salud o los Derechos Humanos” de cada trabajador. Además, se toma lo que subraya la Constitución Nacional en el artículo 14 bis. 

El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”. 

Constitución Nacional – Artículo 14 bis

En este sentido y por este artículo, las Obras Sociales provinciales no brindan el derecho de opción de poder cambiar el seguro médico, por el hecho de ser empleado público. 

La Dra. Guatelli explica que los empleados públicos nacionales si cuentan con el derecho de opción, como cualquier empleado privado, de cambiar de obra social.

Las obras sociales provinciales tienen una autonomía, en las normas que dictan y en cuanto a su funcionamiento. Esa es la diferencia que hay, incluso en los controles que tienen. Eso es lo que hace que sea tan dispar, incluso entre provincia y provincia, en los regímenes sociales. Lo podrán ver los mismos empleados en el tema de que con las prestaciones que están cubiertas por las Obras sociales. Las nacionales están adheridas al Plan Médico Obligatorio que dice cuáles son las prestaciones que sí o sí todas las Obras Sociales tienen que tener. Entre Ríos, IOSPER no están adheridos a ese Plan Médico Obligatorio, y por eso, son ellos lo que van a determinar cuales son las prestaciones básicas; que tal vez, no son todas las que sí están incluídas a nivel Nacional.”

Dra. Florencia Guatelli

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