Covid – 19: el Dpto Uruguay en zona de riesgo y nuevas restricciones municipales

 Covid – 19: el Dpto Uruguay en zona de riesgo y nuevas restricciones municipales

Según los datos reportados este martes por el Ministerio de Salud de la Nación, la cantidad de departamentos de “alto riesgo epidemiológico” en Argentina pasó de 48 a 85.

Las jurisdicciones con alto índice de riesgo epidemiológico son la Ciudad de Buenos Aires, 43 municipios de la provincia de Buenos Aires, 7 departamentos de Córdoba (incluida su capital), 6 departamentos de Mendoza (incluida su capital), 5 departamentos de Santa Fe (incluído Rosario), 5 departamentos de Tucumán (incluida su capital), 5 departamentos de Entre Ríos, 3 departamentos de San Juan (incluida su capital), 2 departamentos de la provincia de Chaco, Tierra del Fuego, Misiones y Corrientes y 1 departamento de la Provincia de San Luis, Formosa y Santiago del Estero. 

Los indicadores

Los datos que se tienen en cuenta para saber qué departamento o localidad es o no de “alto riesgo” son la incidencia de casos en los últimos 14 días, el número de casos cada 100 mil habitantes y la cantidad de casos en las últimas 2 semanas, comparado con los casos en las 2 semanas anteriores. 

Entre Ríos

Según la información brindada por el Ministerio, en Entre Ríos, los departamentos con riesgo epidemiológico son:  Uruguay, Colón, Gualeguaychú, Gualeguay y Diamante. En un grado menor figura Islas del Ibicuy. 

Nuevas restricciones

En este contexto, se comenzó a rumorear el fin de semana que el Intendente, Martín Oliva y el COES local, podrían establecer nuevas medidas restrictivas para frenar la suba de contagios y hacerle frente a esta segunda ola que ya está entre nosotros. 

Finalmente, luego del anuncio del Ministerio de Salud de la Nación, el gobierno local confirmó que mediante el Decreto N° 26.791, la restricción en todo el ámbito de la ciudad de Concepción del Uruguay, la circulación de personas en la franja horaria comprendida entre las 00:00 am a 06:00 am de lunes a viernes y en la franja horaria de 01:00 am a 06:00 am, los días sábados y domingos. 

Posteriormente dispone la restricción de la actividad comercial en la franja horaria determinada en la normativa, mientras que exceptúa a las actividades declaradas “esenciales y a los ciudadanos afectados a su efectivo cumplimiento, conforme a lo previsto en el Art. 11 del DNU N° 1.033/20 del Ejecutivo Nacional”. 

En cuanto a nivel nacional, se espera que en las próximas horas se publique un Decreto de Necesidad y Urgencia que restringiría la circulación nocturna y limitaría los encuentros sociales en aquellos distritos que se encuentren con alto riesgo epidemiológico. Concepción del Uruguay, ya se habría adelantado a la medida nacional. 

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