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Establecieron las sanciones por los avisos del rubro 59

El Ministerio de Justicia de la Nación determinó las sanciones que regirán para los medios de comunicación que publiquen avisos promoviendo la oferta sexual, que comenzarán con un apercibimiento y, como penalización extrema llegarán al “retiro de la vía pública del material involucrado”.
La resolución informa que “el procedimiento administrativo de verificación podrá iniciarse de oficio o por denuncia de cualquier persona, incluso en forma anónima”.
Las denuncias que se formulen “deberán indicar medio, fecha y modalidad bajo la cual se publicó el aviso en presunta infracción”.
“La primera infracción a lo dispuesto atribuida a un medio gráfico por una resolución definitiva dictada como consecuencia de la sustanciación del procedimiento previsto será considerada falta leve y dará lugar a un apercibimiento”, indica.
La segunda infracción “será considerada falta grave y dará lugar a la imposición de una multa de hasta cien veces el precio del aviso cuya publicación origine la sustanciación del procedimiento”.
“Será considerada falta muy grave la reiteración de faltas graves por parte de un mismo medio gráfico, y ello dará lugar a la imposición de una multa de hasta 300 veces el precio del aviso”, advierte.
Fuente telam.com.ar

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