Luego de la publicación en el Boletín Oficial de Entre Ríos, la Ley N° 10.867 prohíbe la “exhibición, oferta, publicidad y/o promoción de alimentos y bebidas ultraprocesados a una distancia no inferior a cinco metros de las filas y líneas de cajas registradoras, accesos y salidas de supermercados, hipermercados, y otros comercios de la modalidad […]Continuar leyendo